Febrero de 2020
Con la firma de la Ley 2010 de 2019 (Ley de Crecimiento Económico), durante este año 2020 los pensionados que tengan una mesada de hasta dos (2) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes tendrán una reducción en la cotización mensual a salud.
Les contamos a continuación lo que debe tener en cuenta al momento de liquidar la planilla de sus pensionados:
Los pensionados con una mesada en el mes de hasta un (1) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes ($ 877.803), el aporte a salud pasó del 12% al 8%, representando un descuento de hasta $ 70.300 pesos.
Por su parte, los pensionados con una mesada en el mes de hasta dos (2) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (entre $ 877.804 y hasta $ 1.755.606), el aporte a salud pasó del 12% al 10%, lo que representa un aporte a salud de hasta $ 175.600 pesos.
Finalmente, los pensionados con una mesada en el mes mayor a dos (2) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (desde $ 1.755.607), el aporte a salud se mantiene en el 12%.
Estos cambios aplican para los tipos de planilla P-Pensionados, R-Retroactivos y L-Reliquidaciones, en periodos a salud a partir del 01 de enero del 2020 y posteriores. Ten en cuenta que en el caso de pensiones compartidas, las otorgadas por convenio internacional, la pensiones de sobrevivencia y sustitución y en general, cualquier mesada que se vea afectada por fenómenos asociados a la distribución entre varios beneficiarios del mismo derecho pensional, o por la irrupción de la compartibilidad pensional, para determinar el porcentaje de aporte a salud que le aplica al pensionado, resultará de la sumatoria de las mesadas compartidas, la sumatoria de las mesadas devengadas en Colombia y el otro país pensionante, y la sumatoria total del valor que le corresponda a cada uno de los beneficiarios de la pensión de sobrevivencia o sustitución.